Minsalud crea las mesas de trabajo ordenadas por la Corte Constitucional

Minsalud crea las mesas de trabajo ordenadas por la Corte Constitucional

El último día del mes pasado el Ministerio de Salud y Protección Social sorprendió a muchos con la expedición de la resolución que crea la mesa de trabajo que se encargará de revisar la Unidad de Pago por Capitación del año 2024, según lo había ordenado en el Auto 007 de 2025 la Sala Especial de la Corte Constitucional.

La sorpresa de esta resolución radica en que el propio ministerio había ya solicitado la nulidad del Auto emitido por la Corte, por considerar que la Corte incurría extralimitación de funciones porque, a juicio del ministerio, no tiene competencia para determinar la UPC, así como para declarar su insuficiencia.

En un comunicado publicado en la tarde del pasado 28 de febrero, el ministerio anuncia ahora la conformación de esta mesa, como “una instancia participativa y de contrastación de la información en la cual se expondrán las preocupaciones y puntos de vista, para que estos sean considerados por el Ministerio de Salud y Protección Social, entidad en la cual radica la competencia legal y reglamentaria para la fijación de la Unidad de Pago por Capitación” según se lee en la Resolución 370.

Esta mesa será conformada por:

  • El Ministerio de Salud y Protección Social.
  • El Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
  • La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES.
  • La Procuraduría delegada para la Salud, la Protección Social y el Trabajo Decente.
  • La Procuraduría delegada para el Seguimiento al Cumplimiento de las Sentencias de Tutela.
  • La Fiscalía General de la Nación.
  • La Contraloría General de la República.
  • La Superintendencia Nacional de Salud.
  • Las Entidades Promotoras de Salud y sus agremiaciones.
  • Las Instituciones Prestadoras de Salud y sus agremiaciones.
  • Las agremiaciones de pacientes.
  • El sector académico.

Esta conformación de la mesa cumple rigurosamente lo dispuesto en el Auto 007. Las funciones que la Corte dispuso para la mesa fueron:

  1. El rezago de la UPC desde 2021
  2. El aumento de la siniestralidad y de las frecuencias de uso
  3. El impacto de las inclusiones en el PBS-UPC
  4. Las variables de ajuste de riesgo
  5. La definición de criterios para realizar los ajustes ex post y el reconocimiento del ajuste de la UPC 2024 a las EPS, con porcentajes y fechas máximas de pago.

El auto también determinó que el plazo máximo para definir el ajuste a la UPC de 2024 es de 2 meses. No obstante, en la resolución 370 del 28 de febrero de 2025, no se especifica cuál va a ser el tiempo de funcionamiento de la mesa.

El ministerio ha dispuesto en la resolución, que la mesa tendrá por objeto: “recibir, analizar y socializar información, insumos y aportes de los participantes sobre un eventual rezago en el valor de la UPC de las vigencias 2021, 2022, 2023 y 2024, para efectos de que el Ministerio de Salud y Protección Social cuente con elementos de juicio suficientes para determinar técnicamente si hay lugar o no a efectuar el reajuste de la prima”

Los integrantes deberán analizar información pertinente para lograr este propósito, por lo cual tendrán acceso a:

  • La información reportada por parte de las Entidades Promotoras de Salud para el cálculo de la UPC.
  • La siniestralidad y las variaciones en las frecuencias de uso.
  • El efecto de las inclusiones en el PBS de la vigencia inmediatamente anterior
  • La definición de las variables y ajustadores de riesgo que deben ser tenidos en cuenta para establecer la UPC.
  • Revisar la viabilidad de realizar ajustes ex post a la Unidad de Pago por Capitación.

El viceministro de salud será el presidente de la mesa y la secretaría técnica también estará a cargo del ministerio, en este caso, de la Dirección de beneficios, costos y tarifas.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, así como los eventos alrededor de los pronunciamientos de la Corte y las respuestas del Ministerio, se genera una gran expectativa en todos los actores del sistema, con respecto a lo que pueda aportar esta mesa técnica.  En el momento crítico que atraviesa el sistema de salud, lo más pertinente es, sin duda, llegar a decisiones concertadas y bien fundamentadas en datos y en análisis acertados sobre lo que ocurre y sobre lo que debe modificarse para beneficio común y para resolver la dura situación que viven en la actualidad pacientes, familias, profesionales e instituciones del sistema.

Lo que se espera en el país y que reiteramos desde INNOS, es que los participantes utilicen los insumos señalados en la resolución y aporten verdaderas recomendaciones útiles para la toma de decisiones necesarias para garantizar la sostenibilidad y el acceso oportuno y con calidad a los servicios de salud en todo nuestro territorio. Queda en responsabilidad del ministerio acoger debidamente las recomendaciones y avanzar para evitar el colapso del sistema.

Minsalud solicita la nulidad del auto de la Corte Constitucional que le obligaba a ajustar la UPC

Minsalud solicita la nulidad del auto de la Corte Constitucional que le obligaba a ajustar la UPC

Un nuevo giro dentro de la secuencia de acontecimientos en esta crisis del sistema de salud ha ocurrido hace un par de días. Primero, y luego de controversias, discusiones y solicitudes de aclaración de los Autos emitidos por la Corte; el ministerio de salud y protección social informó que daría cumplimiento a lo dispuesto en los Autos 2049 y 007, referentes al pago de los presupuestos máximos (PM) y a la insuficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) de 2024.

Argumentando errores de forma en el Auto 2049, que se ocupa del ajuste requerido en los PM, el ministerio presentó una solicitud de aclaraciones que la Corte respondió y resolvió debidamente, pero enfatizó en la competencia del ministerio para resolver los problemas de flujo de recursos derivados de las fallas ya documentadas en el giro de los PM y su impacto negativo en la sostenibilidad financiera del sistema, así como en la calidad de vida de todos los pacientes y sus familias.

Sobre el Auto 007, que se enfocó en el análisis de la suficiencia de la UPC del año pasado, la Corte ratificó que el ministerio debe modificar el procedimiento y los mecanismos para su cálculo, con el fin de corregir las deficiencias acumuladas que han generado gran parte de las problemáticas actuales del sistema de salud. (Ver: https://inos.ateneo.co/se-profundiza-la-crisis-en-el-sistema-de-salud-al-inicio-de-2025)

En un primer momento, el comunicado del ministerio dejaba ver que se acogían de forma positiva las aclaraciones de la Corte, en donde, de paso, el tribunal insiste en las ordenes impartidas previamente y le hace observaciones adicionales al ministerio, por las deficiencias que observó en la información enviada y porque, a su juicio, el ministerio en su solicitud de aclaraciones también emitió observaciones sobre las competencias de la Corte para analizar y fallar sobre estos asuntos del sistema de salud.

En las aclaraciones enviadas por la Corte, se ratificó que es el MSPS la entidad del gobierno nacional responsable de elaborar las políticas públicas en salud, los estudios técnicos y demás acciones relacionadas con la función de rectoría del sistema, según lo dispuesto en la Constitución y las Leyes. Lo mismo ocurre con respecto a la conformación de mesas de actores que ordenó la Corte para resolver los problemas de suficiencia de la UPC. A manera de síntesis, las órdenes impartidas en el Auto 007 son:

  • Crear una mesa de trabajo para revisar la UPC 2024 y lograr su suficiencia. La mesa tendrá un plazo máximo de 2 meses para definir el ajuste a la UPC de 2024, teniendo en cuenta: El rezago acumulado de la UPC desde 2021, los cambios en las frecuencias de uso, el impacto de las inclusiones en el Plan Básico de Salud, los cambios en el riesgo en salud y criterios de ajustes ex post.
  • Establecer un periodo de transición para el restablecimiento de las reservas técnicas de las EPS.
  • Reajustar la metodología del cálculo de la UPC mediante un proceso particpativo y transparente, que incluya todos los criterios anteriores, así como otros contenidos en el Auto. (Ver: https://inos.ateneo.co/nuevo-pronunciamiento-de-la-corte-constitucional-intenta-corregir-la-crisis-del-sistema-de-salud)

En un primer momento, el MSPS publicó un comunicado en el que afirmaba que dispondría los recursos necesarios para cumplir con las órdenes que contienen los dos Autos de la Corte Constitucional.

No obstante, horas después, se ha conocido un nuevo pronunciamiento del ministerio en el que presentan una solicitud de nulidad del Auto 007. Según lo publicado, el ministerio justifica esta solicitud en una supuesta falta de competencia de la Corte para determinar la UPC y sus condiciones de suficiencia y, con ello, plantea una posible extralimitación de funciones. En la solicitud de nulidad fechada el 18 de febrero, el ministerio además argumenta que la Corte no siguió el debido proceso y que no se le dio la oportunidad de conocer los datos en los que se basó el Auto y, por tanto, de controvertirlos.

Este hecho no avanza en la resolución de las situaciones críticas que el sistema atraviesa actualmente y, por el contrario, genera aún más ruido y confusión a las relaciones entre los actores del sistema, sumando ahora un episodio de conflicto entre el ministerio y la Corte Constitucional. Desde luego, hacemos un llamado urgente desde INNOS para que haya un acuerdo rápido, para que se enfoquen los esfuerzos en el sentido correcto, y para que, sin más aplazamientos, se resuelva uno de los aspectos más importantes que han generado las condiciones actuales de detrimento de la atención en salud en el país, como lo es la incertidumbre sobre la suficiencia de la UPC. Esperamos que en los próximos días el ministerio asuma completamente estas responsabilidades y que le dé una respuesta eficaz y transparente a todas las personas que tienen derecho a atención sanitaria oportuna y con calidad.

El impacto del incremento de la UPC para 2025 en la sostenibilidad del sistema de salud colombiano

El impacto del incremento de la UPC para 2025 en la sostenibilidad del sistema de salud colombiano

El reciente anuncio del gobierno del presidente Gustavo Petro sobre el incremento de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2025 ha generado una fuerte controversia en el sector salud. Las expectativas previas al anuncio apuntaban a un aumento cercano al 16%, respaldado por gremios como la ANDI, la ANIF, y organizaciones como Pacientes Colombia, que enfatizaron la urgencia de ajustar la UPC en proporción a los crecientes costos operativos del sistema de salud. Sin embargo, la decisión del gobierno de establecer un aumento del 5,36%, claramente por debajo de estas recomendaciones, pone en evidencia una desconexión entre los análisis técnicos y las prioridades políticas que parecen haber guiado esta determinación.

El presidente Petro ha respondido a las críticas calificándolas de exageradas y afirmando que un aumento mayor beneficiaría principalmente a las EPS, a las que ha señalado reiteradamente por una presunta mala gestión de los recursos públicos. Sin embargo, estas declaraciones parecen priorizar un mensaje político sobre la eficiencia y transparencia del sistema, ignorando las recomendaciones técnicas y los aspectos humanitarios que deberían prevalecer en una decisión de esta magnitud. Este enfoque político no solo es cuestionable desde el punto de vista de la gestión pública, sino que también resulta alarmante en un contexto donde el sistema de salud ya enfrenta una crisis financiera que ha comenzado a restringir el acceso a servicios de salud y medicamentos. *Estas restricciones afectan de manera desproporcionada a los grupos más vulnerables, exacerbando inequidades y poniendo en riesgo a millones de colombianos que dependen del sistema.*

El incremento del 5,36% no solo es insuficiente para cubrir el impacto de la inflación y el crecimiento de costos en el sector, sino que también resulta incongruente con el aumento decretado para el salario mínimo, fijado en 9,54% para 2025. Mientras los costos laborales y operativos del sector salud se ajustan a este mayor incremento, los recursos asignados mediante la UPC no logran compensar la brecha financiera histórica ni las necesidades del contexto actual. Esta decisión, si bien puede interpretarse como una forma de contener el gasto público en el corto plazo, inevitablemente intensificará las dificultades de las EPS y las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS), muchas de las cuales ya enfrentan serias limitaciones para mantener sus operaciones.

El 2024 ha sido descrito por muchos actores del sector como el año más complejo desde la instauración del sistema de salud colombiano. Las consecuencias de un incremento de la UPC tan limitado en medio de esta crisis presagian que el 2025 será incluso más desafiante. Las proyecciones indican que las barreras en el acceso a servicios de salud y medicamentos continuarán agravándose, afectando de manera directa la calidad de vida de los pacientes, en especial aquellos de menores recursos.

Desde INNOS, hacemos un llamado a analizar esta decisión con criterios estrictamente técnicos, desprendidos de cualquier sesgo ideológico o intención populista. Es fundamental que actores como el Congreso de la República, la Procuraduría General de la Nación, las cortes y la academia ejerzan una vigilancia activa sobre las implicaciones de esta política, promoviendo una discusión constructiva que coloque a la salud, los pacientes y a la sociedad en el centro de las decisiones. Así mismo, insistimos en que el gobierno debe abrir espacios de diálogo con los diferentes actores del sistema, pacientes, gremios y expertos del sector para encontrar soluciones viables que garanticen la sostenibilidad financiera del sistema y el derecho a la salud de los colombianos.

La sostenibilidad del sistema de salud no puede seguir siendo relegada en favor de mensajes políticos. Es imperativo construir una estrategia integral que priorice el bienestar de los pacientes y asegure la viabilidad de un sistema que, aunque enfrenta grandes retos, sigue siendo un pilar fundamental para el desarrollo social y económico del país.

Medidas cautelares sobre la suficiencia de la UPC y su efecto en el sistema de salud

Medidas cautelares sobre la suficiencia de la UPC y su efecto en el sistema de salud

Recientemente, la Corte Constitucional emitió una decisión que repercute directamente en el sistema de salud colombiano al adoptar medidas cautelares relacionadas con la Unidad de Pago por Capitación (UPC). En este contexto, el 10 de mayo del presente año, se publicó el Auto 875 en el marco del seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008.

En este auto, la Corte se enfocó en la Resolución 2364 del año anterior, específicamente en la implementación de sus artículos 11 y 21, a la espera del fallo del Consejo de Estado sobre su legalidad. Esta resolución, en términos generales, estableció el aumento de la UPC para los regímenes subsidiado y contributivo en 2024. Los artículos mencionados anteriormente indicaban que, para mejorar el acceso a la salud de la población, las Entidades Promotoras de Salud deberían destinar al menos el 5% de la UPC a equipos básicos de salud.

Además, la resolución destacó el principio de universalidad, que prioriza la atención de toda la población, independientemente del régimen o la EPS a la que estén afiliados, en concordancia con la asignación de dicho porcentaje de la UPC.

Entonces, ¿cuál es la razón detrás del pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre esta resolución? En diferentes ocasiones, el alto tribunal se ha manifestado sobre la utilización de los recursos de la UPC para cubrir servicios de salud. En la Sentencia C-978 de 2010, se encontró que el principio de equilibrio financiero entre la UPC y el Plan Obligatorio de Salud (POS) en ambos regímenes se veía afectado.

En consonancia con lo anterior, el artículo 15 de la Ley 1438 de 2011 estableció que, la financiación de los equipos básicos de salud debe provenir de recursos interinstitucionales del sector salud y de otros sectores que participan en la atención de los determinantes de la salud. Por lo tanto, las pretensiones de la Resolución para utilizar los recursos de la UPC para financiar los Equipos Básicos en Salud no procederían, ya que estos solo pueden financiarse con dineros del sistema general de participaciones y/o recursos propios de las entidades territoriales.

El Auto 875 de la Corte encontró que financiar estos equipos con los recursos de la UPC podría resultar en una disminución del valor de esta y en una menor disponibilidad de recursos para financiar dichos servicios, lo que pondría en riesgo la prestación de los servicios debido a un posible incumplimiento por parte de las EPS. Ocasionando, también un desequilibrio.

Por esta razón, el Auto decidió declarar la inaplicabilidad de los artículos 11 y 21 de la Resolución 2364 de 2023, en espera a que el Consejo de Estado emita un pronunciamiento sobre el control de nulidad por inconstitucionalidad, al tiempo que invitó al Ministerio de Salud a abstenerse de expedir un proyecto de resolución relacionado con los equipos básicos en salud.

Recordemos que el Ministerio de Salud y Protección Social ha anunciado en reiteradas ocasiones, la conformación de un número creciente de Equipos Básicos de Salud. Estos anuncios comenzaron pocos meses después de iniciado el actual periodo presidencial y hacen parte de las estrategias gubernamentales para implementar de forma directa, varios aspectos contemplados en el proyecto de reforma al sistema de salud, que se archivó en la comisión séptima del Senado, recientemente.

Lo que la Corte dispuso fue la inaplicación de la resolución 2364 de diciembre del año pasado, que trasladó el 5% de la UPC para financiar los EBS. No obstante, ya se venían desarrollando, desde hace más de un año, estos equipos en distintos territorios. Por ejemplo, en la resolución 2788 de 2022 el MSPS les asignó cerca de 50.000 millones de pesos a estos EBS, provenientes de los recursos de la ADRES, para financiar la creación y operación de 483 de estos equipos, en 206 municipios.

De igual manera, el Ministerio anunciaba en febrero de 2023, que se conformaban EBS en 68 municipios de zonas dispersas y que, a junio del mismo año ya se habían organizado más de 2000 EBS en todas las entidades territoriales. En la rendición de cuentas del Ministerio, en noviembre pasado, se anunciaba que ya existían 4.000 EBS y que la meta durante este periodo de gobierno era llegar a 11.000 en todo el territorio nacional.

Con estos datos en mente, es necesario que el Ministerio de Salud y Protección Social aclare en qué se han gastado, en lo corrido de 2024, esos recursos del 5% de la UPC. ¿Cuántos nuevos equipos básicos se han financiado desde la expedición de la Resolución 2364, en cuáles municipios? y ¿Cómo se restituirán estos recursos a la UPC?.

Más allá de las respuestas a estos interrogantes, es evidente que el auto 875 de la Corte Constitucional pone de manifiesto un problema estructural del sistema de salud. Existe un déficit de recursos para financiar el plan básico de salud, por lo cual es imperativo identificar nuevas fuentes de financiamiento o encontrar mecanismos que optimicen su uso. En ese sentido, en lugar de agregar nuevas presiones a la UPC, se deben encontrar métodos para atraer nuevos recursos y utilizar los actuales de manera más eficiente.